Una recomendación permanente de los usuarios de las vías es que se implementen herramientas que, en situaciones de choque, faciliten rápidamente el retorno y continuidad del flujo vehicular, pues bien, por medio de la ley 2161 del 26 de noviembre se introducen modificaciones al Código Nacional de Transito Terrestre las cuales buscan, en parte, responder a esta recomendación generalizada.
Según la ley 2161/21 el procedimiento en caso de choque, es decir, colisión
entre dos (2) o más vehículos, o entre un vehículo y un objeto fijo, en el cual
solo se presenten daños materiales en vehículos asegurados, inmuebles, cosas o
animales y no se produzcan lesiones personales,
implica el retiro inmediato de los vehículos colisionados y todo el elemento
que pueda interrumpir el tránsito, según la norma, los vehículos solo podrán
permanecer sobre la vía afectando el tráfico, por el tiempo necesario para la
toma de estas pruebas por parte de los conductores o interesados.
Recordemos que la practica en materia de transito ha sido que con el
croquis, es decir, el plano descriptivo de los pormenores de un accidente de
tránsito donde resulten daños a personas, vehículos, inmuebles, muebles o
animales, levantado en el sitio de los hechos por el agente, la policía de
tránsito o por la autoridad competente, se hacen las solicitudes de audiencias
y conciliaciones, ahora lo que dispone la norma es que “los conductores y demás
implicados podrán conciliar sus intereses y acudir a las compañías aseguradoras,
utilizando para tal fin herramientas técnicas y tecnológicas sin que para este
fin se requiera la suscripción de documento alguno por parte de la autoridad de
tránsito”, esto implicara para las compañías aseguradoras adopten las modificaciones
al contrato de seguro y a los procedimientos
de manera tal que se permita la celebración de estos acuerdos y conciliación
y el pago de las primas de seguro, sin que pueda oponerse la ausencia del
documento de la autoridad de tránsito (croquis)
¿Qué pasa si las partes no quieren retirar los vehículos implicados en un “choque de latas”?
Según la ley 2161de 2021 sí alguno de los involucrados se niegue al retiro
de los vehículos implicados en un choque de latas, el agente de tránsito
procederá al retiro y traslado del mismo a “patios” o parqueaderos autorizados y
a la imposición del comparendo respectivo por bloqueo de calzada o intersección.
Según la norma en los casos en que sea materialmente imposible el retiro de los
vehículos en razón de las condiciones técnico mecánicas del mismo, se procederá
a su retiro y traslado del vehículo, sin que por estos hechos haya lugar a la imposición
del comparendo por bloqueo de calzada o intersección.