Apoyo de sostenimiento de aprendiz para 2014





El gobierno nacional expidió la Resolución 384 del  31 de enero de 2014 donde estable la magnitud del apoyo de sostenimiento para el año 2014. A continuación encuentra el aparte pertinente:



Grandes contribuyentes por el 2013, ¿Cuando declaran y pagan Imporrenta?



El Gobierno nacional acaba de emitir el decreto 214 de 10 de febrero de 2014, a través del cual ajusta y aclara los plazos para presentar y pagar las sumas a cargo por parte de los contribuyentes que han sido calificados como Grandes Contribuyentes  a través de la  Resolución numero 41 del 30 de enero de 2014.

¿Nivel de desempleo inferior a 10% implica mayor pago a aprendiz? Sí



De acuerdo con el articulo 30 de la ley 789 de 2002 y el decreto 451 de 2008 el apoyo de sostenimiento de los aprendices durante la fase práctica será equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de un salario mínimo mensual legal vigente, no obstante lo anterior el apoyo de sostenimiento durante la fase práctica será diferente cuando la tasa de desempleo nacional sea menor del diez por ciento (10%), caso en el cual será equivalente al ciento por ciento (100%) de un salario mínimo legal vigente.

Ahora, teniendo en cuenta la información deportada por el DANE en el boletín de prensa del 31 de enero de 2014(http://www.dane.gov.co), según la cual el nivel de desempleo Promedio de 2013 (enero – diciembre) fue de 9,6%,  deberá observarse lo previsto en el articulo 30 de la ley 789/02 para efecto de los pagos a realizar en el 2014, lo cual implicara para muchas empresas un ajuste en sus presupuestos por gasto de personal.


Por ultimo recordemos que si el aprendiz es estudiante universitario el apoyo mensual, el apoyo de sostenimiento mensual no podrá ser inferior al equivalente a un salario mínimo legal vigente.

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¿Registraduria puede solicitar orientación política de los empleados? Sí


En primer lugar debemos resaltar que es bastante delicada la información que solita la Registraduria Nacional del Estado Civil referente a la orientación política de las personas a efectos de escoger los jurados de votación, tan así lo es que de acuerdo con la ley 1581 de 2012 esta información tiene el carácter de "DATO SENSIBLE"; dice la norma:

Artículo  5°. Datos sensibles. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos.

Por otra parte el numeral 2 del articulo 5 de la ley 163 de 1994 establece que los jurados de votación presentes es una mesa deben pertenecer a partidos o movimientos políticos diferentes, situación que implica que la Registraduria Nacional conozca la orientación política de las personas.

En consideración de los anterior, y en ausencia de disposición y sentencia en sentido contrario o que restrinja el tratamiento para los efectos de la ley 163/94,  es viable que la Registraduria Nacional  del Estado civil solicite la orientación política de las personas, dato que en virtud de su carácter sensible deberá ser tratado por esta entidad con cuidado y rigor en los términos del articulo 6 de la ley 1581 de 2012, y en ningún caso podrá ser objeto de comercialización y disposición sin autorización del titular.

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¿Empresarios deben enviar informacion solicitada por el DANE? Sí


En la foto que aparece a continuación se evidencia la respuesta emitida por el Departamento Administrativo Nacional de Estadistica (DANE) a través del Director de Producción y Logística, Edgar Amezquita Nieto, en la cual recuerda la sanción que se le puede imponer a los empresarios que no envíen la información solicitada por  (DANE) en los términos del artículo 5 de la ley 79 de 1993.






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