Estadísticas oficiales, obligatoriedad de enviar información, descanso compensatorio, periodicidad y sanciones.

El Congreso de la República, por medio de la Ley 2335 de 3 de octubre de 2023 estableció el marco jurídico general para la planificación, producción, difusión y administración de las estadísticas oficiales del país.

Esta norma fijó 13 principios que rigen las estadísticas oficiales entre los cuales se cuentan: la carga no excesiva para las personas encuestadas, rigurosidad técnica, independencia técnica y profesional, exactitud, entre otros.

En cuanto a la entrega de la información solicitada por el DANE, el artículo 19 de la Ley 2335 dispone que este requerimiento debe ser atendido de manera obligatoria para las entidades públicas y privadas, así como por las personas, hogares y todas las demás fuentes, y que los datos e información proporcionada en CENSO, encuestas y demás medios de recolección de información desarrollados por el DANE, deberá ser veraz y presentarse en el plazo establecido, en el formato requerido y de forma gratuita, artículo 20.

A manera de incentivo, el parágrafo 1 del artículo 20 de la Ley 2325 dispone que los particulares que participen en los CENSOS, encuestas u operaciones estadísticas realizadas por el DANE gozarán de estos incentivos:

-          Derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado, el cual se disfrutará en el mes siguiente al día de la participación, de común acuerdo con el empleador.

-          Derecho a ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hicieron, en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, en caso de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.

En cuanto a la periodicidad para la realización de CENSOS, la Ley 2325 prevé que el DANE los realizara con la siguiente periodicidad:

-          Los CENSOS de población y vivienda cada diez [10) años. Adicionalmente, realizará conteos de población y vivienda cada cinco (5) años, contados o partir del último censo.

-          Los CENSOS económicos será cada diez [10) años.

-          CENSOS agropecuarios y mineros tendrán una periodicidad de cada diez [10) años.

-          Conteos de unidades económicas cada cinco (5) años contados a partir del último censo y definirá la metodología que utilizará para la recolección de la información de los censos que realice.

En cuanto a sanciones el artículo 57 de la Ley 2335 dispone que el DANE podrá imponer sanciones pecuniarias entre 830 UVT ($35.201.960 en 2023) hasta 5.500 UVT ($233.266.000 en 2023) a las personas naturales o jurídicas que incumplan la Ley, no suministren información u obstaculicen la realización de los CENSOS, encuestas u otras operaciones estadísticas, previo agotamiento del procedimiento administrativo sancionatorio contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Digital Nomads, visa, taxes, and work in Colombia / Nómadas Digitales, visa, impuestos, y trabajo en Colombia

 

Castellano

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En los términos de las normas colombianas, Resolución 5477 del 22 de julio de 2022, la visa de Nómadas Digitales se otorga a los extranjeros que desean ingresar al territorio nacional para prestar servicios de trabajo remoto o teletrabajo desde Colombia a través de medios digitales e internet, exclusivamente para empresas extranjeras, como independiente o vinculado laboralmente, o para iniciar un emprendimiento de contenido digital o tecnologías de la información de interés para el país.

Ahora, dentro de los requisitos específicos para acceder a la visa de nómadas digitales, cuya vigencia es hasta por 2 años, se cuentan, entre otros: demostrar mediante extractos bancarios contar con ingresos mínimos equivalentes a 3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes durante los últimos 3 meses, así como póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo.

Es importante tener presente que esta visa NO permite trabajar o desarrollar actividad remunerada con persona jurídica o natural domiciliada en el Colombia.

En todo caso es importante que el extranjero titular de visa de nómada digital tenga presente que en virtud del paso del tiempo se puede convertir en residente fiscal de Colombia  ya que según el artículo 10 del Estatuto Tributario, un extranjero adquiere residencia fiscal en Colombia por permanecer continua o discontinuamente en el país por más de ciento ochenta y tres (183) días calendario incluyendo días de entrada y salida del país, durante un período cualquiera de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario consecutivos, en el entendido que, cuando la permanencia continua o discontinua en el país recaiga sobre más de un año o período gravable, se considerará que la persona es residente a partir del segundo año o período gravable.

 

Ahora bien, adquirida la condición de residente la persona natural deberá tributar según lo dispone el artículo 9° del Estatuto Tributario, sobre sus rentas de fuente nacional y del exterior y por consiguiente presentar la declaración de renta del respectivo año gravable, en el que incluya la totalidad de su patrimonio y rentas de fuente mundial.

 

No esta por de mas recordar que cuando un extranjero se convierta en residente fiscal de Colombia puede solicitarle a la autoridad tributaria, DIAN, una Certificación sobre Situación Tributaria, esto es un documento por medio del cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, certifica la naturaleza y cuantía de las rentas e impuestos pagados o retenidos en el país, por un período gravable determinado.

 

Under the terms of the Colombian regulations, Resolution 5477 of July 22, 2022, the Digital Nomad visa is granted to foreigners who wish to enter the national territory to provide remote work or teleworking services from Colombia through digital media and internet, exclusively for foreign companies, as independent or labor linked, or to start an enterprise of digital content or information technology of interest to the country.

 

 

Now, within the specific requirements to access the digital nomad visa, which is valid for up to 2 years, there are, among others: to demonstrate through bank statements to have a minimum income equivalent to 3 Minimum Legal Monthly Wages in force during the last 3 months, as well as a health policy with coverage in the national territory against all risks.

It is important to keep in mind that this visa does NOT allow working or developing remunerated activity with a legal or natural person domiciled in Colombia.

In any case it is important that the foreigner holding a digital nomad visa keeps in mind that by virtue of the passage of time he may become a tax resident of Colombia since according to Article 10 of the Tax Statute, a foreigner acquires tax residence in Colombia by remaining continuously or discontinuously in the country for more than one hundred eighty-three (183) calendar days including days of entry and exit of the country, during any period of three hundred and sixty five (365) consecutive calendar days, in the understanding that, when the continuous or discontinuous stay in the country is for more than one year or taxable period, the person shall be considered a resident as from the second year or taxable period.

 


Now then, having acquired the condition of resident, the individual must pay taxes as provided in Article 9 of the Tax Statute, on his income from national and foreign sources and therefore file the income tax return for the respective taxable year, including all his net worth and income from worldwide sources.

 

 It is worth remembering that when a foreigner becomes a tax resident of Colombia, he/she may request from the tax authority, DIAN, a Certification of Tax Situation, which is a document through which the National Tax and Customs Directorate, DIAN, certifies the nature and amount of income and taxes paid or withheld in the country, for a given taxable period.


Los invitamos a leer Certificado de residencia fiscal

Control de sociedad no puede ser ejercicio por un menor de edad, esto vale para temas comerciales y tributarios.

La Superintendencia de sociedades reiteró por medio del oficio 220 – 130026 de 04 de julio de 2023 que “cuando en la composición del capital de una sociedad, un menor de edad tiene una participación superior al 50%, el control del ente jurídico lo tienen, única y exclusivamente, quienes ejercen la patria potestad del menor, pues son éstos quienes tienen el poder de decisión sobre la sociedad, el cual, en este caso, se materializa en el derecho a emitir los votos constitutivos de la mayoría mínima decisoria en la asamblea general de accionistas”.

Para llegar a la anterior conclusión la Superintendencia de Sociedad se apoyó en normas del Código Civil, como el artículo 288 y 307, y en la Ley 222 de 1995, artículos 26 y 27.

Esta conclusión de la SuperSociedades es importante no solo en materia de derecho comercial sino también en materia tributaria, particularmente para el Registro único de beneficiarios finales, artículo 631 – 5 y articulo 6 de la Resolución 164 de 2021 puesto que dos de los criterios para determinar el Beneficiario Final de las personas jurídicas son estos:

-  La persona natural que, actuando individual o conjuntamente, sea titular, directa o indirectamente, del cinco por ciento (5%) o más del capital o de los derechos de voto de la persona jurídica, y/o se beneficie en cinco por ciento (5%) o más de los activos, rendimientos o utilidades de la persona jurídica;

- La persona natural que, actuando individual o conjuntamente, ejerce control directo y/o indirecto sobre la persona jurídica por cualquier otro medio diferente a los establecidos en el punto anterior.

 

Los invitamos a leer Razones del éxito de la SAS (Sociedad por Acciones Simplificada)