La nueva ley de Habeas Data que modifica la ley 1266 de 2008, conocida como ley de borrón y cuenta nueva, dispone en el artículo 11 que el estado debe fortalecer la estrategia integral de educación económica y financiera en población estudiantil.
En el análisis de constitucionalidad
del referido artículo, la Corte Constitucional en sentencia C- 282 de 2021, Expediente
PE-049, M.P. Alejandro Linares Cantillo dijo lo siguiente:
“La educación
financiera es definida por la OCDE como el proceso a través del cual los
usuarios financieros mejoran su comprensión de los productos, conceptos y
riesgos financieros, desarrollan habilidades para ser más conscientes de los
riesgos y oportunidades financieras, realizan elecciones informadas y adoptan
acciones para mejorar su bienestar financiero. Dentro de la política de
inclusión social, el Estado apuesta por una educación media con calidad y
pertinencia para los jóvenes colombianos, se plantea la consolidación de
competencias socioemocionales, ciudadanas y financieras para la construcción
del proyecto de vida, para la cual se fortalecerán las competencias matemáticas
y se implementarán estrategias pedagógicas para el desarrollo de competencias
financieras. Eso empieza por saber cómo calcular un interés simple e interés
compuesto, valor del dinero en el tiempo y VPN. Hoy en día las decisiones
importantes en la vida de una persona tienen un componente financiero que
afecta no sólo al individuo que las toma, sino también a su entorno personal y familiar.
La educación financiera, generalmente, no se considera prioritaria en el
entorno familiar ni en el ámbito social; sin embargo, es importante que la
educación financiera sea inculcada a todo individuo desde temprana edad. Si la
educación de las personas es fundamental para establecer el balance de poder en
su país, la educación financiera es determinante para que los ciudadanos sepan
administrar el poder económico que hay en sus escasos recursos”.
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