La Paz, un derecho constitucional que implica respeto y acción.



La paz es un derecho constitucional fundamental según el artículo 22 de la Constitución Política de Colombia la cual lo consagra así: “La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”, en este sentido es pertinente recordar  que la Corte Constitucional en sentencia de tutela T-102 de 10 de marzo de 1993, M.P. Carlos Gaviria Díaz, dijo que “la paz, en definitiva, no es otra cosa que el respeto efectivo de los derecho humano. Cuando la dignidad humana es atropellada por la violencia o el terror, se está dentro de una situación de guerra contra lo más sagrado e inviolable del hombre (…)Como derecho que pertenece a toda persona, implica para cada miembro de la comunidad, entre otros derechos, el de vivir en una sociedad que excluya la violencia como medio de solución de conflictos, el de impedir o denunciar le ejecución de hechos violatorios de los derechos humanos y el de estar protegido contra todo acto de arbitrariedad, violencia o terrorismo. La convivencia pacífica es un fin básico del Estado y ha de ser móvil ultimo de las fuerzas del orden constitucional. La paz es además presupuesto del proceso democrático, libre y abierto, y condición necesaria para el goce efectivo de los derechos fundamentales (…)”.

En este sentido vale la pena reiterar el importante rol que juega el conocimiento y aplicación del Código de Policía, ley 1801 de 2016, el cual busca establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional al propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, promoviendo el respeto, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad, los deberes y los derechos correlativos de la personalidad humana.

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