a)
Que según el decreto 0569 de 2018 el
64.21% de valor de los rendimientos financieros recibidos durante el 2017 por
las personas naturales y sucesiones ilíquidas, NO OBLIGADOS A LLEVAR
CONTABILIDAD, no constituye renta ni
ganancia ocasional
b)
Que según el decreto 0569 de 2018 el 20.21%
de valor de los intereses y demás costos y gastos financieros pagados durante
el 2017 por las personas naturales y sucesiones ilíquidas, NO OBLIGADOS A
LLEVAR CONTABILIDAD, no constituye costo
ni deducción
Así mismo para el 2018 recuerda que según el decreto 0569 de 2018 EN
EL AÑO gravable 2018, se presume de derecho que todo préstamo en
dinero, cualquiera que sea su naturaleza o denominación que otorguen las
sociedades a sus socios o accionistas, o estos a la sociedad; genera un
rendimiento mínimo anual y
proporcional al tiempo de posesión del
5.21 %, de conformidad con lo señalado en el artículo 35 del Estatuto
Tributario.
Te
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