En consideración al Salario Mínimo Legal Mensual para el año 2024 y el Auxilio de Transporte para el año 2024, fijados respectivamente por los Decretos 2292 y 2293 de 2023, se presentan los siguientes cálculos del peso que implica para un empleador un trabajador que devenga un (1) SMLMV:
Salario devengado | $ 1.300.000 |
| $ 52.000 |
| $ 52.000 |
Auxilio de transporte | $ 162.000 |
= suma mínima a entregar por el empleador al empleado cada mes | $ 1.358.000
|
Al empleador además le corresponde pagar mensualmente |
12% por aporte a pensión del empleado | $ 156.000 |
8.5% por aporte a salud del empleado* | $ 110.500 |
ARL (riesgo mínimo 0.522%) | $ 6.786 |
Caja de compensación (4%) | $ 52.000 |
ICBF* (3%) | $ 39.000 |
SENA* (2%) | $ 26.000 |
El empleador debe “ahorrar” (provisionar) mensualmente para luego entregarle al empleado: |
Vacaciones | $ 54.167 |
Cesantías | $ 121.833 |
Intereses a las cesantías | $ 14.620 |
Prima | $ 121.833 |
Calzado y vestido de labor** | $ 43.333 |
Notas: *Se debe evaluar la exoneración de aportes establecida en el artículo 114-1 del Estatuto Tributario si se cumplen los supuestos. **No hay un valor legal de referencia y la suma que aquí se coloca es a título de ejemplo. Recordemos que según las normas laborales esta prestación patronal debe cumplirse en especie cada 4 meses. |
Con base en los anteriores cálculos se puede afirmar que un empleado con un salario mínimo le genera al empleador un gasto mensual de $ 2.104.073
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