De acuerdo con el Decreto 2292 de diciembre de 2023, el salario mínimo que rige en el año 2024 es $ 1.300.000, y con esta información se llega a los siguientes cálculos:
Salario mínimo diario $ 43.333
Valor mínimo de una hora de trabajo diurno $ 5.532
Valor mínimo del día de trabajo en día de descanso remunerado $ 75.833
Valor mínimo de hora de trabajo nocturno $7.468
Valor mínimo de hora de trabajo extra diurna $6.915
Valor mínimo de hora de trabajo extra nocturna $9.681
Valor mínimo de hora de trabajo en día de descanso remunerado $ 9.681
Debemos recordar que según los conceptos del Ministerio de Trabajo, cada recargo se liquida por separado y una vez obtenido el resultado de cada porcentual, se suman los liquidados, para pago al trabajador, Concepto 16177 del 8 de agosto de 2023.
Salario mínimo integral $ 16.900.000
A partir de julio 15 de 2024
En consideración a la entrada gradual de la disminución de la jornada, artículo 3 de la Ley 2101 de 2021, los cálculos de recargos a partir de julio serán los siguientes:
valor mínimo de una hora $ 5.652
Valor mínimo de hora de trabajo nocturno $ 7.630
Valor mínimo de hora de trabajo extra diurna $ 7.065
Valor mínimo de hora de trabajo extra nocturna $ 9.891
Valor mínimo de hora de trabajo en día de descanso remunerado $ 9.891
De acuerdo con el decreto 2293 del 2023, el auxilio de transporte que regirá para el 2024 será de $162.000, valor que se paga a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente.
Recordemos: 1) que según el artículo 7 de la ley 1 de 1963 considerase incorporado al salario, para los efectos de liquidación de prestaciones sociales, el auxilio de transporte, 2) que el auxilio de transporte solo se causa por los días trabajados, 3) el auxilio de transporte no se incluye en la base salarial para liquidar aportes parafiscales.
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