Rangos de edad en ofertas laborales, ¿Se pueden publicar? ¿Qué se debe evaluar para contratar a alguien?

Con el objetivo de evitar discriminación en consideración a la edad (mucha o poca) en Colombia existe la Ley 931 de 2014 que expresamente dispone que ninguna persona natural o jurídica, de derecho público o privado, puede exigir a los aspirantes a ocupar un cargo o ejercer un trabajo, cumplir con un rango de edad determinado para ser tenido en cuenta en la decisión que defina la aprobación de su aspiración laboral.  Así mismo las convocatorias públicas o privadas no podrán contemplar limitantes de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión u opinión política o filosófica.

La referida Ley expresamente dispone que los criterios a evaluar para definir un cargo deben atender al examen de los méritos, las cualidades, la experiencia y la profesión u ocupación. 

Según la Ley 931 de 2014 el desobedecimiento a sus mandatos conlleva multas sucesivas equivalentes a cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes ($71.175.000 en 2025), a través de la jurisdicción laboral y mediante procesos sumarios

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