¿Sociedad en Liquidación declara CREE y Autorretenciones CREE? Sí.


Apoyándose en la ley 1607 de 2012 y en la literalidad de los decretos reglamentarios, la Dian ha emitido el oficio N. 023001 de 08 de abril de 2014 con el cual  modifica opiniones expresadas anteriormente y expresamente dice:


“(…)En razón a lo anterior, se observa que las sociedades en liquidación judicial de que trata la Ley 1116 de 2006, no están excluidas como sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la Equidad –CREE-, circunstancia que obliga a este tipo de sociedades, a cumplir la obligación formal de presentar la declaración anual del impuesto sobre la Renta para la Equidad –CREE- dentro de los plazos establecidos mediante el artículo 3° del Decreto Reglamentario 214 de febrero 10 de 2014, para lo cual deberá efectuar la depuración prevista en el artículo 3o del Decreto 2701 de 2013(…) se aclara que en el caso de que por alguna razón extraordinaria dentro del proceso de liquidación judicial, se llegare a obtener algún ingreso susceptible de incrementar el patrimonio, el liquidador de la sociedad deberá cumplir con la obligación de autorretenedor del CREE(…)”

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