Derechos de los accionistas frente a la sociedad

Los derechos individuales de los accionistas surgen del contrato de sociedad y pueden reclamarse a esta, quien por disposición legal contrae la obligación correlativa. Entre estos derechos están:

-      Aparecer inscrito en el libro de accionistas
-      Enajenar las acciones según los procedimientos establecidos en los estatutos
-      Preferencia en la suscripción de nuevas acciones (opción)
-      Que nuevas suscripciones de acciones incluyan prima en colocación de acciones
-      Ser convocado a las reuniones sociales en los términos estatutarios
-      A votar, según las reglas estatutarias.
-  A que las actas de las reuniones de asamblea y junta directiva sean claras, completas, veraces y oportunas.
-      Impugnación de decisiones de la asamblea de accionistas
-  A la información e inspección en los términos pactados en los estatutos de la sociedad.
-      Al dividendo en los términos pactados en los estatutos
-    A la conservación de la calidad de accionistas hasta el final de la sociedad, en los términos estatutarios y sin perjuicio de las causales de exclusión pactadas
-      A la limitación dela responsabilidad
-      De receso o retiro de la sociedad
-      A la disolución, liquidación y entrega del remanente.

Usualmente algunos de estos derechos se escriben en los estatutos de las sociedad y otros, aunque no estén escritos se entienden en ella incorporados, bien por ser de la esencia o de su naturaleza.

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