Salario mínimo 2019 y recargos


De acuerdo con el decreto 2451 del 27 de diciembre de 2018, el salario mínimo que regirá para el año 2019 será de ochocientos veintiocho mil ciento diez y seis pesos ($828.116), y con esta información se llega a los siguientes cálculos:
Valor mínimo del día: $ 27.604
Valor mínimo de una hora de trabajo diurno: $ 3.451
Valor mínimo del día de trabajo en día de descanso remunerado: $ 48.307
Valor mínimo de hora de trabajo nocturno (nocturnidad desde las 9 p.m.): $ 4.658
Valor mínimo de hora de trabajo extra diurna: $ 4.313
Valor mínimo de hora de trabajo extra nocturna: $ 6.038
Valor mínimo de hora de trabajo en día de descanso remunerado (festivo, dominical): $ 6.038
Valor mínimo de hora de trabajo extra diurna en día de descanso remunerado: $ 7.548
Valor mínimo de hora de trabajo extra nocturna en día de descanso remunerado: $ 10.567
Valor mínimo de hora de trabajo nocturno en día de descanso remunerado: $ 8.152
SALARIO INTEGRAL MÍNIMO: $ 10.765.508

De acuerdo con el decreto 2452 del 27 de diciembre de 2018, el auxilio de transporte que regirá para el 2019 será de noventa y siete mil treinta y dos pesos mensuales ($ 97.032), valor que se paga a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente.


Recordemos: 1) que según el artículo 7 de la ley 1 de 1963 considerase incorporado al salario, para los efectos de liquidación de prestaciones sociales, el auxilio de transporte, 2) que el auxilio de transporte solo se causa por los días trabajados, 3) el auxilio de transporte no se incluye en la base salarial para liquidar aportes parafiscales. 


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