El formulario
“Declaración de Retención en la Fuente”, formulario 350, será de uso
obligatorio para quienes por expresa disposición legal hayan sido definidos
como agentes de retención, por concepto de los impuestos sobre la renta y
complementario, impuesto sobre las ventas y timbre nacional, impuesto al
consumo de bienes inmuebles y autorretención a título de impuesto sobre la
renta y complementario del Decreto1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia
Tributaria y para los responsables de efectuar la retención de la contribución
especial para laudos arbitrales de contenido económico, de conformidad con el
artículo 130 de la Ley 1955 de 2019.
Los agentes retenedores
o declarantes obligados, deberán presentar la declaración a través de los
servicios informáticos electrónicos, utilizando el Instrumento de Firma
Electrónica (IFE) autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. Las declaraciones presentadas por un
medio diferente se tendrán como no presentadas.
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