En la sentencia T-454 de 2022 la Corte Constitucional formuló importantes interpretaciones constitucionales sobre la libertad de expresión y como una conclusión de la referida sentencia puede afirmarse que las valoraciones de las personas y de las autoridades, administrativas o judiciales no pueden traducirse en un control sobre el método de hacer periodismo o de “corrección” a formas o estilos. De la referida sentencia se resalta los siguientes apartes:
“(…) es preciso
destacar que no es exigible el mismo estándar a una investigación adelantada
por un periodista, que el aplicable en el marco de un proceso disciplinario o
penal, sobre todo cuando se trata de denuncias por posibles actos de
corrupción. De manera que los periodistas con la información que tienen al
estudiar un caso no cuentan con el mismo soporte para adelantar su
investigación, a diferencia de las herramientas y medios con los que cuentan
las autoridades administrativas y judiciales.
“(…) la garantía de las
libertades de opinión y expresión en general, respecto de las cuales se “protegen
tanto las expresiones socialmente aceptadas como las expresiones ofensivas, chocantes,
impactantes, indecentes, escandalosas, excéntricas o simplemente contrarias a
la creencias y posturas mayoritarias." En consecuencia, en el marco de un
proceso de responsabilidad civil
extracontractual, las valoraciones de las autoridades judiciales no pueden
traducirse en un control sobre el método de hacer periodismo o de “corrección”
a formas que no se comparten o pueden resultar incómodas, sino que requiere de
un análisis juicioso sobre la verificación de las cargas de veracidad, imparcialidad
y equilibrio periodístico cuando se trate del ejercicio de la libertad de información,
y de la real malicia en tratándose de la libertad de opinión. Todo lo anterior,
no obsta para que el medio de comunicación cuando publica este tipo de
información en torno a una denuncia por actuaciones de un funcionario público
cuya investigación apenas se está adelantando, tenga también, en virtud de su responsabilidad
social, que actualizar la información e indicar a la audiencia pública cómo
se desarrollaron y concluyeron las investigaciones sobre los presuntos hechos
que en su momento fueron objeto de noticia"
(Negrita y subrayas fuera de texto)
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