Derogan norma que prohíbe intermediación laboral



A través del Decreto 1025 de 28 de Mayo de 2014, y en virtud de errores de tramite (forma) se acaba de derogar el decreto 2798 de 2013, el cual, a través del articulo 1, y dentro de los términos de la ley 1429 de 2010 prohibía ciertas formas de intermediación laboral.  El artículo 1 del decreto 2798 disponía:

ARTÍCULO 1o. En los términos de la Ley 1429 de 2010, está prohibido el uso de sociedades, asociaciones, corporaciones, fundaciones y la contratación de servicios de colaboración o manejo de recurso humano, Empresas de Servicios Temporales, Compañías de Servicios de Colaboración, o personas naturales, que utilicen modalidades de vinculación que impliquen desconocimiento o violación de derechos laborales constitucionales, legales y extralegales, de carácter individual o los colectivos de asociación sindical, negociación y huelga. Esta prohibición se aplica a instituciones y empresas públicas y privadas.

No esta por demás recalcar que el decreto drogado lo es en consideración de errores de tramite pero toda vez que los convención internacionales y los TLC suscritos por Colombia hacen muchos hincapié en restringir y regular la intermediación laboral, en nuestro opinión los empresarios deben estar atentos a una nueva reglamentación de este tema, en los términos del artículo 63 de la ley 1429 de 2010.

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