La ley 1480 de 2011, norma que
contiene el actual Estatuto del Consumidor consagra los derechos y los DEBERES
que tienen las personas, sean naturales o jurídicas, que adquieran, disfruten o
utilicen un determinado producto, para la satisfacción de una necesidad propia,
privada, familiar o doméstica y empresarial cuando no esté ligada
intrínsecamente a su actividad económica.
Pues bien, dentro de las obligaciones de los consumidores encontramos la
siguiente:
- Informarse
respecto de la calidad de los productos, así como de las instrucciones que
suministre el productor o proveedor en relación con su adecuado uso o consumo,
conservación e instalación.
Como se observa, la ley 1480 de
2011 establece como responsabilidad de
los consumidores, instruirse sobre el producto o servicio que está
adquiriendo, así como de las instrucciones para su uso y mantenimiento.
Ahora, que pasa cuando el
consumidor no atiende las instrucciones
de uso y mantenimiento de los bienes adquiridos?
La ley 1480 de 2011 establece que
el productor o proveedor se libera de responsabilidad y no debe atender una garantía,
cuando DEMUESTRE que el defecto o
daño provienen del uso indebido del bien por parte del consumidor, o que el consumidor
no atendió las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento indicadas en el manual del producto y en la garantía.
Dos recomendaciones:
1.- Para los empresarios: suministrar a los clientes un manual de
instrucciones de instalación, uso o mantenimiento en nuestro idioma. Y cuando
reciban un bien y adviertan que los daños son consecuencia del mal uso o mal
mantenimiento, documentarlo y demostrar la relación entre uno y otro.
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