De acuerdo con el articulo 42 de
la ley 1861 de 2017 “las entidades públicas o privadas no podrán exigir al
ciudadano la presentación de la tarjeta militar para ingresar a un empleo.
Las personas declaradas no aptas, exentas o que hayan superado la edad máxima
de incorporación a filas podrán acceder a un empleo sin haber definido su
situación militar. Sin embargo, a partir de la fecha de su vinculación laboral
estas personas tendrán un lapso de dieciocho (18) meses para definir su
situación militar”.
Así mismo es pertinente tener
presente que de acuerdo con la ley 1861 de 2017, los colombianos declarados
aptos en las evaluaciones físicas podrán ser incorporados a partir de la
mayoría de edad, hasta faltando un día para cumplir los veinticuatro (24) años
de edad a menos que se presente alguna de las causales de exoneración del
servicio militar obligatorio dentro de las cuales se encuentran: el hijo único, hombre o mujer; el huérfano de
padre o madre que atienda con su trabajo a la subsistencia de sus hermanos
incapaces de ganarse el sustento; el padre de familia.
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