Del decreto 555 del 9 de abril de 2022, reglamentario de la ley por la cual se reconoce una nueva de EJECUCION del contrato de trabajo (ley 2121 de 2021) extraemos los siguientes puntos:
-
En el contrato de trabajo debe quedar claro Las responsabilidades en cuanto a
la custodia de los elementos de trabajo y el procedimiento para la entrega y su
devolución por parte del trabajador remoto.
-
El
cambio de lugar de trabajo o domicilio del trabajador remoto debe ser concertado
entre empleado y el empleador debe Informar a la Administradora de Riesgos
Laborales
-
Es
obligación del empleador Garantizar el derecho a la desconexión laboral y
evitar los impactos que se pueden generar en la salud mental y en el equilibrio
emocional de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 2191 de
2022.
-
El
empleador y el trabajador podrán, de mutuo acuerdo, fijar el costo del auxilio
mensual que compensará los costos de internet, telefonía y energía, el cual no
podrá ser inferior al valor del auxilio de transporte definido por el Gobierno
Nacional.
-
El
empleador y el trabajador podrán, de mutuo acuerdo pactar el valor mensual de
compensación por el uso de herramientas de trabajo de propiedad del trabajador.
-
El
decreto 555 es enfático en que Todas las etapas precontractuales y
contractuales deberán realizarse de manera virtual, a través del uso de las
tecnologías de la información y las comunicaciones, sin costo alguno para el
trabajador.
El
decreto 555 puede ser consultado aqui
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
¿Qué opinas?