Sindicato, ¿Qué es? ¿Es obligación que en toda empresa exista uno?


Según el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua un sindicato es una asociación de trabajadores para la defensa y promoción de sus intereses.

Ahora, en la Constitución Política de Colombia, articulo 39 se establece que los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, y siguiendo esta línea, el artículo 353 del Código Sustantivo de trabajo establece que los trabajadores tienen el derecho a asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos los cuales deben cumplir las reglas establecidas en el CST y especialmente estas: son organizaciones de libre ingreso y retiro de los trabajadores, no pueden tener por objeto la explotación de negocios o actividades son fines de lucro, todo sindicato de trabajadores necesita para constituirse o subsistir un número no inferior a 25 afiliados.

Dentro de las funciones de los sindicatos se cuentan (art. 373 CST): el estudio de las características de los cargos, salarios, prestaciones, sistemas de protección o de prevención de accidentes para procurar su mejoramiento y defensa, procurar el acercamiento entre empleados y trabajadores, asesorar a los afiliados en la defensa de los derechos derivados del contrato de trabajo, promover la educación de sus afiliados.

La operación de los sindicatos se financia con los aportes periodicos que hacen sus afiliados y es derecho su derecho solicitar al empleador que deduzca de los salarios de los trabajadores afiliados la respectiva cuota y la ponga a disposición del respectivo sindicato

No está por demás recordar estos conceptos:

Convención colectiva: es un acuerdo celebrado entre el empleador y el sindicato para fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia.

Pacto colectivo: acuerdo entre empleador y trabajadores no sindicalizados.


Como puede observarse, la normatividad laboral de Colombia prevé los sindicatos como herramientas de gestión de los intereses laborales de los empleados pero no es obligatorio ni necesario que en toda empresa exista uno. 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

¿Qué opinas?