Inicialmente
el texto del numeral 3 del artículo 179 de la ley 1607 de 2012 establecía que las personas y
entidades obligadas a suministrar información a la UGPP, así como aquellas a
las que esta entidad les haya solicitado informaciones y/o pruebas, que no la
suministren dentro del plazo establecido para ello, se harán acreedoras a una
sanción de cinco (5) UVT por cada día de retraso en la entrega de la información
solicitada. Pero la reciente reforma
tributaria, ley 1819 de 2016, modificó sustancialmente este numeral el cual
quedó así:
3. Los aportantes a los que la UGPP les
solicite información y/o pruebas, que no la suministren dentro del plazo establecido, o la suministren en forma incompleta o
inexacta, se harán acreedoras a una sanción hasta de 15.000 UVT, a favor del tesoro nacional, que se liquidará
de acuerdo con el número de meses o fracción de mes de incumplimiento, así:
# de meses o
fracción de mes en mora
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# de UVT a pagar
|
En pesos
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Hasta 1
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30
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$ 955.770
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Hasta 2
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90
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$ 2.867.310
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Hasta 3
|
240
|
$ 7.646.160
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Hasta 4
|
450
|
$ 14.336.550
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Hasta 5
|
750
|
$ 23.894.250
|
Hasta 6
|
1200
|
$ 38.230.800
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Hasta 7
|
1950
|
$ 62.125.050
|
Hasta 8
|
3150
|
$100.355.850
|
Hasta 9
|
4800
|
$152.923.200
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Hasta 10
|
7200
|
$229.384.800
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Hasta 11
|
10500
|
$334.519.500
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Hasta 12
|
15000
|
$477.885.000
|
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La magnitud de la sanción referida anteriormente se reducirá así:
- al 10% si la información es
entregada de manera completa a más tardar hasta
el cuarto mes de incumplimiento en la entrega de la información y se
acredita el pago de la sanción reducida.
- al 20%, si la
información es entregada de manera completa después del cuarto mes y hasta el octavo mes de incumplimiento.
- al 30% si la
información es entregada después del octavo mes y hasta el mes duodécimo.
En nuestra opinión el factor tiempo no
puede ser el único criterio a utilizar para determinar la magnitud de la sanción
y en nuestra opinión es aplicable el
articulo artículo 50
del Código de Procedimiento Administrativo que se refiere a la graduación
de las sanciones administrativas.
Los invitamos a leer este articulo ¿Qué es lo que busca la UGPP?
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