Salario devengado |
$ 908.526 |
-
Aporte a pensión a cargo del empleado |
$ 36.341 |
-
Aporte a salud a cargo del empleado |
$ 36.341 |
Auxilio de transporte |
$ 106.454 |
= suma mínima a entregar por el
empleador al empleado cada mes |
$ 942.298 |
Al empleador además le corresponde
pagar mensualmente |
|
12% por aporte a pensión del empleado |
$ 109.023 |
8.5% por aporte a salud del empleado* |
$ 77.225 |
ARL (riesgo mínimo 0.522%) |
$ 4.743 |
Caja de compensación (4%) |
$ 36.341 |
ICBF* (3%) |
$ 27.256 |
SENA* (2%) |
$ 18.171 |
El empleador debe
“ahorrar” (provisionar) mensualmente para luego entregarle al empleado: |
|
Vacaciones |
$ 37.855 |
Cesantías |
$ 84.582 |
Intereses a las cesantías |
$ 10.150 |
Prima |
$ 84.582 |
Calzado y vestido de labor** |
$ 30.284 |
Notas: *se debe tener presente la
exoneración de aportes establecida en el artículo 114-1 del Estatuto
Tributario. **No hay un valor legal de referencia
y la suma que aquí se coloca es a título de ejemplo. Recordemos que según las
normas laborales esta prestación patronal debe cumplirse en especie cada 4
meses. |
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