¿Sociedad comercial puede prestarles dinero a sus accionistas?


Sobre este tema la Superintendencia de Sociedad se ha pronunciado a través de los Oficios 220-15670 del 11 de marzo de 2007, y recientemente a través del 220-029307 del 11 de marzo de 2015, y dijo esta entidad  “…De lo expresado se concluye que la regla general es que está prohibido hacer préstamos a los socios, solamente en casos excepcionales podría concederse, siempre que esté pactado como una actividad en desarrollo del objeto social y demostrada la relación de medio a fin con el objeto principal; porque de lo contrario se estaría incurriendo en una extralimitación de funciones que haría responsable en forma personal al administrador que lo autorice; por lo tanto no puede hablarse de fondos para realizar estos préstamos ni establecerse una reglamentación que determine a quien le corresponde autorizarlos.”

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