Etapas del proceso de liquidación judicial

1.- Providencia de apertura donde entre otras cosas se nombra a un liquidador y se dictaran medidas sobre bienes del DEUDOR tendientes a consolidar el patrimonio con el cual se harán los pagos a los que haya lugar.

2.- Fijación de un aviso por 10 días con los datos de la liquidación para la presentación de los créditos por parte de los acreedores (a quienes les deben)

3.- Presentación de créditos al liquidador allegando prueba de la existencia y cuantía (a menos que ya hubieran sido reconocidos en una etapa previa de acuerdo de reestructuración, en todo caso los créditos no calificados y graduados en el acuerdo de reorganización y los derivados de gastos de administración, deberán ser presentados al liquidador. (20 días a partir de la fecha de desfijacion del aviso)

4.- elaboración por parte del liquidador de un inventario de los activos del deudor. Los bienes serán avaluados por expertos designados por la Supersociedades

5.- Presentación por parte del liquidador de un proyecto de graduación y calificación de créditos y derechos de voto

6.- Pago de acreencias mediante la adjudicación de bienes

7.- Ejecución del acuerdo de adjudicación de bienes

8.- Presentación de la rendición final de cuentas

9.- Terminación del proceso.   

 

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Capitalizar ESAL no implica, per se, que esta pierda su tratamiento tributario especial


El Consejo de estado, en una sentencia que lleva por radicado 18001-23-33-000-2018-00118 - 01 (25520) del 10 de marzo de 2022, C.P. MILTON CHAVES GARCÍA dijo que “capitalizar la entidad [ en el caso estudiado por el C.E. una Corporación Medica ESAL] que tenía problemas de liquidez” (…)  por medio de  “venta de acciones” no da lugar [en este caso] a la pérdida de su condición como entidad sin ánimo de lucro, pues dicha operación no implicó la distribución de excedentes que prevé el parágrafo 2 del artículo 1.° del Decreto 4400 de 2004, en razón a que no se trató de una entrega de dinero, bienes o derechos obtenidos en desarrollo de las actividades de la entidad, que sean transferidos a los asociados sin una contraprestación a favor de la corporación, sino de la percepción de una suma de dinero por parte de la corporación en su propio patrimonio, entregada con el fin de que esta pudiera continuar con el desarrollo de su objeto. Dicho en otras palabras, la “compra” de la entidad o de las “acciones”, derivó en un mayor valor del patrimonio de la corporación, y no en una ganancia o excedente en favor de los asociados de manera individual”.

No esta por demas reiterar que para acceder a los tratamientos tributarios especiales sobre el beneficio neto o excendente deben cumplirse las condiciones previstas en las normas, como por ejemplo que la destinacion debe ser aprobada por el maximo organo de la entidad.

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Trabajo en Casa, se deben evaluar múltiples circunstancias para su habilitación

En primer lugar debemos recordar que el trabajo en casa, según las normas actuales , decreto 649 de abril de 2022, solo aplica en circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales entendidas como aquellas situaciones extraordinarias y no habituales, que se estima son superables en el tiempo, atribuibles a hechos externos, extralaborales o propios de la órbita del trabajador o del empleador que permiten que el trabajador pueda cumplir con la labor contratada en un sitio diferente al lugar habitual de trabajo.

¿Quién la solicita y cómo?

Según el decreto 649 el trabajo en casa debe solicitarse por parte del trabajador a su empleador, por escrito, en medio físico o digital, pero en ningún caso, la solicitud de habilitación para trabajo en casa efectuada por el trabajador generará el derecho a optar por ella. De igual manera, ante la ocurrencia de circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales, el empleador podrá optar por la habilitación de trabajo en casa respecto de uno o varios de sus trabajadores, en una o varias dependencias de la empresa.

Previo a la implementación del trabajo en casa, todo empleador deberá contar con el siguiente procedimiento:

1.        Si la solicitud es presentada por el trabajador, deberá remitirse comunicación por escrito al empleador de forma física o digital, indicando de manera clara la razón que la motiva, para lo cual deberá adjuntar prueba que acredite dicha solicitud.

2.        El empleador revisará la procedencia de la causal invocada por el trabajador en un término no mayor a 5 días y dará respuesta positiva o negativa al trabajador por escrito ya sea de forma física o digital.

3.        Además de la existencia de circunstancias excepcionales, especiales u ocasionales, dentro de los criterios a tener en cuenta para la habilitación del trabajo en casa están:

- Que la labor pueda ser ejecutada fuera del lugar habitual de trabajo, sin perjuicio de la adecuada prestación personal del servicio contratado.

- Que se cuenten con las herramientas requeridas para la habilitación de trabajo en casa;

- Que la habilitación de trabajo en casa no genere una menor productividad del trabajador.

En el evento en el que el trabajador requiera modificar la dirección para desarrollar la labor contratada, deberá informar por escrito ya sea en medio físico o digital al empleador para contar con su autorización, quien comunicará de este hecho a la Administradora de Riesgos Laborales a la que se encuentre afiliado.

El trabajo en caso conlleva obligaciones para el empleado, el empleador y la ARL: citemos apenar un par de las previstas en el decreto 649:

Para el empleador:

-          Previo a la habilitación de trabajo en casa, el empleador deberá comunicar a la Administradora de Riesgos Laborales sobre la habilitación del trabajo en casa, indicando la dirección desde la cual desarrollará la labor contratada, así como cualquier modificación a ella, y el período para el cual se otorgó la habilitación, diligenciando el formulario adoptado para tal fin y suministrado por la Administradora de Riesgos Laborales.

-          Previo a la habilitación de trabajo en casa, el empleador deberá garantizar el uso adecuado de las tecnologías de la información y las comunicaciones, a través de capacitaciones.

Para el trabajador:

-          Procurar el cuidado integral de su salud, así como suministrarle al empleador información clara, veraz y completa sobre cualquier cambio de su estado de salud que afecte o pueda afectar su propia capacidad para trabajar.

-          Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de Seguridad en el Trabajo de la empresa.

-          Utilizar los elementos de protección personal y participar en los programas y actividades de promoción y prevención.

-          Atender las instrucciones respecto de seguridad informática, efectuadas por el empleador.

-          Suministrar al empleador de manera previa, con no menos de cinco (5) días de antelación, los cambios de domicilio que tenga contemplados hacer, de manera expresa, clara, veraz y completa. Así mismo, proporcionar la nueva dirección de su domicilio y mantener el sitio acordado para ejecutar la labor contratada.

Para la ARL:

-          Realizar recomendaciones al empleador y al trabajador sobre postura y ubicación de los elementos utilizados para la realización de la labor que desarrollará en el trabajo en casa.

-          Dar las recomendaciones en seguridad y salud en el trabajo a los trabajadores habilitados para trabajar en casa y empresas, velando por el autocuidado como medida preventiva.

El decreto 649 dispone que el empleador y el trabajador podrán, de mutuo acuerdo pactar el valor mensual de compensación por el uso de herramientas de trabajo de propiedad del trabajador y que El empleador podrá determinar que la habilitación de trabajo en casa se desarrolle bajo el modelo de la alternancia, esto es, que el desarrollo de la labor contratada se efectúe unos días de la semana de manera presencial y otros días, a través de la habilitación de trabajo en casa.

Terminación de la habilitación para el trabajo en casa:

Vencido el término de la habilitación del trabajo en casa, de manera inmediata, el empleador deberá informar al trabajador, sobre la terminación y el retorno al lugar de trabajo habitual.

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6 decisiones de microempresas basadas en lógica financiera

1.- “Si una empresa es rentable pero va corta de efectivo, lo que precisa es habilidades financieras: alguien capaz de conseguir mas fondos. Si una compañía tiene liquidez, pero no es rentable, lo que necesita es experiencia en operaciones: alguien capaz de reducir costes o de generar mas ingresos sin mas gastos. Así pues, los estados financieros no solo te informan de lo que ocurre en una empresa, sino también del tipo de habilidades que debe tener la persona a la que contrates”.

2.- Los bienes de capital es mejor adquirirlos en momentos donde hay más efectivo disponible para atender los compromisos económicos derivados de la adquisición.

3.- Cualquier negocio que cobre de contado tiene “el lujo de obtener el dinero de sus clientes antes de tener que pagar por sus costes y gastos”

4.- “Factores como la satisfacción del cliente con tu servicio, su relación con tu personal de ventas y la exactitud de las facturas contribuyen a la opinión que los clientes tienen de la empresa y, de forma indirecta, influyen en la rapidez con la que pagarán. Los clientes insatisfechos no destacan por su puntualidad en el pago, sino que les gusta esperar hasta que se resuelva el conflicto”.

5.- Los descuentos por pronto pago, pueden mejorar la rotación de cartera, pero afecta la rentabilidad del cliente.

6.- Un negocio saludable, tanto en sus primeros años como cuando ya es maduro, necesita rentabilidad y liquidez.

Fragmentos del libro Guía HBR, Finanzas Básicas.

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