es un tributo
opcional de determinación integral, de causación anual, que sustituye el
impuesto sobre la renta y complementarios
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Sujeto Activo
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DIAN
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Sujeto pasivo
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Personas naturales
que tengan como actividad económica comercio al por menor o la actividad
de peluquería y/u otros tratamientos
de belleza y que desarrollen su actividad económica en un establecimiento con
un área inferior o igual a 50 metros2
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Hecho Generador
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obtención de
ingresos, ordinarios y extraordinarios
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Base gravable
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totalidad de los
ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, percibidos en el respectivo
periodo gravable.
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Tarifa |
Categoría
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Ing. Brut Min
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Ing.Brut Max
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Impuesto
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a
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1.400 UVT
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2.100 UVT
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16 UVT
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B
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2.100UVT
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2.800 UVT
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24 UVT
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c
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2.800UVT
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3.500 UVT
Limite R.Simp
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32 UVT
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El recaudo del
componente del impuesto nacional del monotributo se destinará a financiar el
aseguramiento en el marco del SGSS, en Salud y Riesgos Laborales
|
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Estructura del Monotributo según la reforma tributaria, ley 1819 de 2016
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