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Planeación Tributaria: objetivos.
¿Contrato con revisor fiscal debe constar por escrito? Sí.
5 obligaciones empresariales de principio de año
El propósito de esta información es que los empresarios agenden sus compromisos legales y las fechas definitivas de los mismos para que los provisionen y planeen, y no se expongan a procedimientos administrativos, sanciones o multas que puedan entorpecer el normal funcionamiento de la sociedad o afectar sus recursos.
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Autorización para captura y tratamiento de datos personales (Habeas Data), un ejemplo
A continuación encuentras un ejemplo de autorización para consulta y reporte en bases de datos que te recomiendo hagas firmar por el deudor, bien en la solicitud de crédito, en un contrato, en un documento aparte o en la factura de venta:
AUTORIZACIÓN:
¿Es obligatorio incrementar el salario?
Para aquellos
empleados que ganan el salario mínimo la respuesta categórica es que sí; el
incremento de la remuneración ocurre de manera “automática” tal como lo
establece el artículo 148 del Código Sustantivo de Trabajo.
En el caso de aquellos empleados que ganan magnitudes superiores al salario mínimo legal mensual vigente debemos señalar que el “deber de” incrementar la remuneración es un tema que ha dado lugar a múltiples debates de índole económico y jurídico. No obstante lo anterior debemos recordar que la Corte Constitucional en la sentencia T- 345 de 2007 dijo: “el derecho a que la remuneración laboral sea incrementada se deriva directamente de la Constitución y constituye una garantía dirigida a mantener el poder adquisitivo del salario”, la Corte concluye: “Así las cosas, esta Sala reiterará la posición referida en la jurisprudencia constitucional citada, sobre la cual se ha determinado que el derecho de los trabajadores al incremento anual de su asignación salarial, se desprende directamente de la Constitución y es de aplicación inmediata, sin que se requiera de desarrollo legal, contractual o convencional”, en el referido caso la Corte Constitucional ordenó un incremento salarial en una proporción igual a la del IPC certificado por el DANE. Otros pronunciamientos en similar sentido son la sentencia C-710 /99 M.P. José Gregorio Hernández Galindo, y del Ministerio de la Protección Social el concepto 3936 de 2005.
No está por demás recordar:
1.- Estos planteamientos de la sentencia T 102 de 1995 de la Corte Constitucional, Dr. ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO: “Si la constante es el aumento del índice de precios al consumidor, donde existe anualmente inflación de dos dígitos, se altera la ecuación económica si se admite un salario nominalmente invariable. Es por ello que el salario tiene que mantener su VALOR INTRINSECO, esto es, su poder adquisitivo. Luego, hay que lograr un valor en equidad. El artículo 53 de la Carta habla, precisamente, de la remuneración MOVIL. No sólo comprende al salario mínimo sino a todos los salarios puesto que ello es una lógica consecuencia de la naturaleza sinalagmática y conmutativa de la relación laboral, prueba de lo cual es el reajuste automático de todas las pensiones. Sería absurdo que AL TRABAJADOR PASIVO se le reajustara su pensión y no se le reajustara su salario AL TRABAJADOR ACTIVO. Por consiguiente, si a un trabajador se le fija un salario y se mantiene el mismo guarismo por más de un año a pesar de que la cantidad y calidad del trabajo permanecen inmodificables, mientras el valor del bien producido aumenta nominalmente, en razón de la depreciación de la moneda, se estaría enriqueciendo injustamente el empleador en detrimento del derecho que tiene el asalariado a recibir lo justo, y esto no sería correcto en un Estado, una de cuyas finalidades esenciales es garantizar la vigencia de un orden justo.
2.- Que según el artículo 1 del CST. la finalidad de este grupo normativo es lograr la justicia de la relación que surge entre patronos y trabajadores dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social, a lo cual, según algunos está atado el deber de mantener el poder adquisitivo de los empleados.
3.- Que en principio un juez laboral no debe pronunciarse sobre conflictos económicos entre empleador y trabajador.
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Te invitamos
a leer Comisión sobre recaudo, ¿Qué es en una relación laboral? el abril 19, 2017
Segunda falla en un producto: consumidor elige entre cambio, devolución o reparación.
Salario mínimo 2016 y cálculo de recargos.
Valor
día
|
$
22.982
|
Valor
hora ordinaria
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$ 2.873
|
Valor
hora de trabajo nocturno
|
$ 3.878
|
Valor
hora extra diurna
|
$
3.591
|
Valor
hora extra nocturna
|
$ 5.027
|
Valor
hora trabajada en día de descanso remunerado
|
$ 5.027
|
Valor
hora extra diurna trabajada en día descanso remunerado
|
$ 5.745
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Valor
hora extra nocturna trabajada en día de descanso remunerado
|
$
7.182
|
Dotación, ¿empleador puede exigir devolución? No
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Rechazo de factura, ejemplo
Tasas de interés primer trimestre de 2016
Del 01/01 al 31/03
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Consumo y
Ordinario
|
Usura
|
Diario
|
0.0484%
|
0.0709%
|
Mensual
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1.4836%
|
2.1789%
|
Anual
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19.33%
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29.52%
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¿Qué es la factura electrónica?
1. Formato estándar XML de la factura electrónica, las notas débito y crédito.
Declaración Renta por 2015, Persona Natural no declara si...
Recordemos que la Declaracion de Renta se presenta Año vencido, regla general, es decir que en el año 2016 se presentaran las declaraciones por el periodo gravable 2015, y debe hacerse en los formularios establecidos por la DIAN. Les recomiendo leer otro de nuestros artículos: http://www.leynegocios.blogspot.com.co/#!http://leynegocios.blogspot.com/2015/08/depuracion-del-iman-y-del-imas-empleados.html
¿Libranza puede afectar cesantías?
En cuanto a la responsabilidad del pagador es pertinente tener en cuenta este concepto de la SuperFinanciera:
UVT (Unidad de Valor Tributario) 2016, un ejemplo.
¿Cómo desvirtuar obligación de garantía que recae en un empresario? Concepto SIC.
¿Si tengo una base de datos debo registrarla?
¿Servicio de taxi puede ser contratado por medio de plataforma electrónica? Sí
¿Sobre la cláusula penal se calcula IVA? NO
¿Cuál es el termino para resolver un derecho de petición?
¿Qué se puede pedir en un derecho de petición?
No está por demás recordar que la acción de tutela es una herramienta de protección del derecho de petición, el cual es un derecho fundamental.
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