De acuerdo con el artículo
28 de la ley 222 de 1995 un grupo empresarial es un conjunto de empresas entre
las cuales hay vínculos de subordinación corporativa o de negocios (Relación de dependencia, jurídica o economica) y donde quien
ejerce el control (dominio, mando o preponderancia) puede fijar objetivos comunes categóricos,
planificados y sistemáticos, y sin perjuicio del desarrollo individual del
objeto social o actividad de cada una de las empresas que hacen parte del grupo.
Hay pues varias empresas y unidad de propósito y dirección.
En virtud
de la declaración de la existencia de un grupo empresarial se generan estas consecuencias:
- - Matriz o controlante debe preparar y difundir estados
financieros individuales y consolidados
(art. 35 ley 222/95)
- - Socios no obligados a
recibir dividendos en acciones (par. Art. 455 Código de Comercio)
- - Reorganización simultanea
(art. 12 de la ley 1116 de 2006)
- - RESPONSABILIDAD
SUBSIDIARIA DE LA MATRIZ en caso de insolvencia o liquidación de una
subordinada. (art. 61 de la ley 61 de 2006)
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