¿Cambio de tarifa de un impuesto puede aplicarse en el mismo periodo?


Indudablemente una disminución en la tarifa de un impuesto encaja en la categoría de beneficio tributario, y surge la pregunta ¿ese cambio de tarifa puede realizarse en el mismo periodo en el cual se realiza el cambio? Y la respuesta es sí, pueden encontrarse sentencias de las altas cortes que avalan tal posibilidad. Citamos como ejemplo las sentencias C-430 de 2009 y C-686/11. Esta última, ante un cambio de tarifa en un impuesto, contemplo:

“Esta posición jurisprudencial resulta justa y equitativa para el contribuyente, en la medida que la prohibición señalada por el artículo 338 constitucional relativa a impuestos de periodo, solo tendrá aplicación cuando se trate de la imposición de un tributo o de la modificación de uno existente en cuanto sea gravoso para el contribuyente, excluyendo de ella la aplicación de beneficios, los cuales tendrán un efecto inmediato.
 “Así, por ejemplo, si respecto del impuesto sobre la renta que se causa teniendo en cuenta el resultado económico del contribuyente en el año calendario que comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre, se ordena la reducción de la tarifa en el mes de noviembre de ese periodo, tal reducción podrá ser aplicada de inmediato cubriendo los hechos económicos de los meses anteriores, en la medida que los hechos generadores del tributo solo se consolidan hasta el mes de diciembre de ese año”.
Dos anotaciones adicionales:

-      La anterior sentencia aplica para tanto en impuestos nacionales como territoriales.

-      Hay que observar, en todo caso, el texto de la norma que introduce la disminución de tarifa para verificar que dispone sobre su vigencia, y todo esto dentro del margen de configuración normativa que tiene el creador de la misma. 

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