Carryback y Carryover, ¿Qué significan en Colombia?

Siguiendo la definición del Dictionary of Business Terms de Barron´s se pueden definir estas palabras así:

1.- Carryback (Traer de vuelta)

Proceso por el cual las deducciones o créditos de un año fiscal que no se pueden utilizar para reducir la obligación tributaria en ese año se aplican contra la obligación tributaria en un año o años anteriores.

2.- Carryover (Continuar)

Proceso mediante el cual las deducciones y los créditos de un año fiscal que no pueden usarse para reducir la obligación tributaria en ese año se aplican contra la obligación tributaria en el año siguiente.

Como ejemplo de esta figura podrían plantearse las siguientes:

-          El exceso de Dividendo no gravado para efectos tributarios frente al comercial por distribuir, Articulo 49 del Estatuto Tributario

-          Las perdidas, articulo 147 del Estatuto Tributario 

-          El exceso de presuntiva, artículo 189 del Estatuto Tributario

-          El descuento por impuestos pagados en el exterior, articulo 254 del Estatuto Tributario

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