En primer lugar recordemos que la junta directiva es una entidad u órgano societario conformado por un número plural de personas. Ahora, en el Código único de mejores prácticas de gobierno
corporativo emitido por la Superintendencia Financiera de Colombia para los emisores de valores, pero extensible a todas las sociedades comerciales (www.superfinanciera.gov.co/SFCant/Codigopais/juntadirectiva.htm) se lee un texto que establece los principales objetivos
de este órgano y son: de una parte, concebir
la estrategia que regirá el curso de la empresa y de otra, controlar la ejecución de la misma,
convirtiéndose en el supervisor de las actividades de la alta gerencia y de la
protección de los derechos de los accionistas.
Con el fin de desarrollar sus objetivos, la Junta Directiva tiene como
funciones, además de aquellas establecidas en la ley o los estatutos, (i)
funciones de planeación y finanzas, que le permiten establecer la visión
estratégica de la sociedad, (ii) funciones de identificación de riesgos y
establecimiento de las políticas asociadas a su mitigación, (iii) funciones
para fijar y modificar las políticas contables de la sociedad de acuerdo con la
normatividad contable aplicable, (iv) Disponer de la información que se deba
presentar a los accionistas, en adición a la que por obligación legal o
reglamentaria se debe entregar.
Les recomiendo leer este texto Código de Gobierno Corporativo, ¿Qué es?
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