¿Persona NATURAL comerciante debe llevar contabilidad y aplicar NIIF? Sí


En el concepto 829 del 30 de noviembre de 2016, el Concejo Técnico de la Contaduría Publica, después de recordar quienes son comerciantes según la ley colombiana y a quienes aplica la ley 1314 de 2009 (convergencia) dijo: “Considerando lo anterior, las personas naturales deben llevar contabilidad de acuerdo con los nuevos marcos técnicos normativos cuando son comerciantes o cuando ejercen otras actividades cuya regulación establezca la obligación de llevar contabilidad”.


En cuanto al grupo al cual pertenecen en el mismo concepto la entidad dijo: “Con respecto al grupo al que pertenece la persona natural de la consulta, esta debe hacer un detenido análisis de los grupos definidos en el Direccionamiento Estratégico del CTCP, a los cuales se hace referencia en los anexos 1, 2 y 3 del Decreto Único 2420 de 2015, modificado por el Decreto Único 2496 de 2015, a efectos de establecer el grupo y el marco técnico normativo que debe aplicar”.

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