Plazos para la presentación de la
declaración de renta.
a) Grandes Contribuyentes.
Los vencimientos para presentar la declaración del
impuesto sobre la renta y complementarios se inician el 8 de abril de 2014, estos contribuyentes deberán
cancelar el valor total a pagar en tres (3) cuotas a más tardar en las
siguientes fechas:
PAGO PRIMERA CUOTA
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SI EL ÚLTIMO DÍGITO ES
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HASTA EL DÍA
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PORCENTAJE
A PAGAR
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1
2
3
4
5
6
7
8
9
0
|
11 de Febrero de 2014
12 de Febrero de 2014
13 de Febrero de 2014
14 de Febrero de 2014
17 de Febrero de 2014
18 de Febrero de 2014
19 de Febrero de 2014
10 de Febrero de 2014
21 de Febrero de 2014
24 de Febrero de 2014
|
El valor de
la primera cuota no podrá ser inferior al 20% del saldo a pagar del año gravable 2012. Una vez liquidado el
impuesto y el anticipo definitivo en la respectiva declaración, del valor a
pagar, se restará lo pagado en la primera cuota y el saldo se cancelará de
acuerdo con la cuota de pago.
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DECLARACIÓN Y PAGO SEGUNDA CUOTA
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||
SI EL ÚLTIMO DÍGITO ES
|
HASTA EL DÍA
|
PORCENTAJE
A PAGAR
|
1
2
3
4
5
6
7
8
9
0
|
08 de Abril de 2014
09 de Abril de 2014
10 de Abril de 2014
11 de Abril de 2014
14 de Abril de 2014
15 de Abril de 2014
21 de Abril de 2014
22 de Abril de 2014
23 de Abril de 2014
24 de Abril de 2014
|
50%
(restante)
|
PAGO TERCERA CUOTA
|
||
SI EL ÚLTIMO DÍGITO ES
|
HASTA EL DÍA
|
PORCENTAJE
A PAGAR
|
1
2
3
4
5
6
7
8
9
0
|
10 de Junio de 2014
11 de Junio de 2014
12 de Junio de 2014
13 de Junio de 2014
16 de Junio de 2014
17 de Junio de 2014
18 de Junio de 2014
19 de Junio de 2014
20 de Junio de 2014
24 de Junio de 2014
|
50%
(restante)
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b) Personas Jurídicas y demás contribuyentes diferentes
de los calificados como “Grandes Contribuyentes”.
Los plazos para
presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y para
cancelar en dos cuotas iguales el valor
a pagar por concepto del impuesto de renta y el anticipo, se inician el 01 de marzo del año 2014 y vencen en
las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo el último dígito del
NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario
RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así:
Según el último
dígito del NIT, así:
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DECLARACIÓN Y PAGO PRIMERA CUOTA
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PAGO SEGUNDA CUOTA
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Fecha Limite
|
Fecha Limite
|
|
1
2
3
4
5
6
7
8
9
0
|
08 de Abril de 2014
09 de Abril de 2014
10 de Abril de 2014
11 de Abril de 2014
14 de Abril de 2014
15 de Abril de 2014
21 de Abril de 2014
22 de Abril de 2014
23 de Abril de 2014
24 de Abril de 2014
|
10 de Junio de 2014
11 de Junio de 2014
12 de Junio de 2014
13 de Junio de 2014
16 de Junio de 2014
17 de Junio de 2014
18 de Junio de 2014
19 de Junio de 2014
20 de Junio de 2014
24 de Junio de 2014
|
Las entidades
cooperativas del régimen tributario especial, deberán presentar y pagar la declaración del impuesto sobre la renta y
complementarios por el año gravable 2013, dentro de
los plazos señalados para las personas jurídicas.
Las entidades cooperativas de integración del
régimen tributario especial, podrán presentar la declaración del impuesto sobre
la renta y complementarios por el año gravable 2013, hasta el día 26 de mayo
del año 2014.
c) Personas
Naturales (empleados, trabajadores cuenta propia y otros) y sucesión ilíquida.
El plazo para
presentar la declaración, sea por el
procedimiento ordinario o por el IMAS, y para cancelar, en una sola cuota,
el valor a pagar por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios y
del anticipo, se inicia
el 01 de marzo del año 2014 y vence
en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo los dos últimos
dígitos del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único
Tributario RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así:
SI LOS DOS ÚLTIMOS
DÍGITOS SON
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HASTA EL DÍA
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01 y 02
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12 de agosto de 2014
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03 y 04
|
13 de agosto de 2014
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05 y 06
|
14 de agosto de 2014
|
07 y 08
|
15 de agosto de 2014
|
09 y 10
|
19 de agosto de 2014
|
11 y 12
|
20 de agosto de 2014
|
13 y 14
|
21 de agosto de 2014
|
15 y 16
|
22 de agosto de 2014
|
17 y 18
|
25 de agosto de 2014
|
19 y 20
|
26 de agosto de 2014
|
21 y 22
|
27 de agosto de 2014
|
23 y 24
|
28 de agosto de 2014
|
25 y 26
|
29 de agosto de 2014
|
27 y 28
|
01 de septiembre de 2014
|
29 y 30
|
02 de septiembre de 2014
|
31 y 32
|
03 de septiembre de 2014
|
33 y 34
|
04 de septiembre de 2014
|
35 y 36
|
05 de septiembre de 2014
|
37 y 38
|
08 de septiembre de 2014
|
39 y 40
|
09 de septiembre de 2014
|
41 y 42
|
10 de septiembre de 2014
|
43 y 44
|
11 de septiembre de 2014
|
45 y 46
|
12 de septiembre de 2014
|
47 y 48
|
15 de septiembre de 2014
|
49 y 50
|
16 de septiembre de 2014
|
51 y 52
|
17 de septiembre de 2014
|
53 y 54
|
18 de septiembre de 2014
|
55 y 56
|
19 de septiembre de 2014
|
57 y 58
|
22 de septiembre de 2014
|
59 y 60
|
23 de septiembre de 2014
|
61 y 62
|
24 de septiembre de 2014
|
63 y 64
|
25 de septiembre de 2014
|
65 y 66
|
26 de septiembre de 2014
|
67 y 68
|
29 de septiembre de 2014
|
69 y 70
|
30 de septiembre de 2014
|
71 y 72
|
01 de octubre de 2014
|
73 y 74
|
02 de octubre de 2014
|
75 y 76
|
03 de octubre de 2014
|
77 y 78
|
06 de octubre de 2014
|
79 y 80
|
07 de octubre de 2014
|
81 y 82
|
08 de octubre de 2014
|
83 y 84
|
09 de octubre de 2014
|
85 y 86
|
10 de octubre de 2014
|
87 y 88
|
14 de octubre de 2014
|
89 y 90
|
15 de octubre de 2014
|
91 y 92
|
16 de octubre de 2014
|
93 y 94
|
17 de octubre de 2014
|
95 y 96
|
20 de octubre de 2014
|
97 y 98
|
21 de octubre de 2014
|
99 y 00
|
22 de octubre de 2014
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