Interés Bancario Corriente 01 de Enero a 31 de Marzo de 2014:
Tasa Anual Efectiva: 19.65 %
Tasa Diaria Efectiva: 0.0492%
Tasa Mensual Efectiva: 1.5062%
Tasa Usura 01 de Enero a 31 de Marzo de 2014:
Tasa Anual Efectiva: 29.48 %
Tasa Diaria Efectiva: 0.0708%
Tasa Mensual Efectiva: 2.1763%
Además les recomiendo
tener presente el artículo 72 de la Ley 45 de 1990, que dice:
ARTICULO 72. SANCION POR
EL COBRO DE INTERESES EN EXCESO. Cuando se
cobren intereses que sobrepasen los límites fijados en la Ley o por la
autoridad monetaria, el acreedor perderá todos los intereses cobrados en
exceso, remuneratorios, moratorios o ambos, según se trate, aumentados en un
monto igual. En tales casos, el deudor podrá solicitar la inmediata devolución
de las sumas que haya cancelado por concepto de los respectivos intereses, más
una suma igual al exceso, a título de sanción.
PARAGRAFO. Sin perjuicio de las sanciones administrativas a que haya
lugar, cuando se trate de entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria,
ésta velará porque las mismas cumplan con la obligación de entregar las sumas
que de conformidad con el presente artículo deban devolverse.
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